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Regla Final de DHS sobre Carga Pública Entra en Efecto el 23 de Diciembre

P: ¿Qué es la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública?

R: El Congreso estableció que la solicitud de un no ciudadano para una visa, admisión o ajuste de estatus puede ser denegada si se determina que “podrían convertirse en cualquier momento en una carga pública”

Para DHS, una determinación de inadmisibilidad por motivos de carga pública está basada en la probabilidad de que un no ciudadano se convierta en dependiente principalmente del gobierno para su subsistencia, según se demuestre por el recibo de asistencia pública en efectivo para mantenimiento de ingresos o institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno.

USCIS debe aplicar esta determinación de inadmisibilidad por carga pública a la mayoría de no ciudadanos que solicitan residencia permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde) cuando adjudiquemos el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus.

Según se indica en detalle a continuación, algunos no ciudadanos están exentos de la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública.

P: ¿Cómo aplica USCIS la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública?

R: Para las solicitudes de ajuste de estatus con matasellos (o presentadas electrónicamente, si corresponde) en o después del 23 de diciembre de 2022, USCIS aplicará la Regla Final de 2022. Para las solicitudes mataselladas antes del 23 de diciembre de 2022, USCIS aplicará la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública conforme a la ley y a la Guía Provisional de Campo de 1999.

P: ¿Quién está exento de la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública?

R: Los siguientes no ciudadanos están exentos de la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública cuando solicitan visas, admisión o ajuste de estatus:

  • Solicitantes de asilo o refugiados;

  • Inmigrantes amerasiáticos en el momento de admisión;

  • Intérpretes afganos e iraquíes o ciudadanos afganos o iraquíes empleados por o en nombre del gobierno de EE. UU.;

  • Participantes cubanos y haitianos en ajuste de estatus;

  • Solicitantes que buscan ajuste de estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano;

  • Nicaragüenses y otros centroamericanos que están ajustando su estatus a LPR;

  • Haitianos que están ajustando su estatus a LPR;

  • Receptores del permiso Lautenberg;

  • Jóvenes Inmigrantes Especiales;

  • Solicitantes de registro;

  • Solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS);

  • Ciertos embajadores, ministros, diplomáticos y otros funcionarios de gobiernos extranjeros no inmigrantes, y sus familias;

  • Víctimas de trata de personas (no inmigrantes T);

  • Víctimas de actividad criminal cualificada (no inmigrantes U);

  • Autopeticionarios bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA);

  • Ciertos no ciudadanos maltratados que son “extranjeros cualificados” bajo PRWORA;

  • Solicitantes de ajuste de estatus que cualifiquen para un beneficio como cónyuges sobrevivientes, hijos o padres de militares;

  • Indios americanos no ciudadanos nacidos en Canadá;

  • Miembros no ciudadanos de la Banda de Indios Kickapoo de Texas de la Tribu Kickapoo de Oklahoma;

  • Ciudadanos de Vietnam, Camboya y Laos que solicitan bajo la Ley de Indochina;

  • Personas con permiso de ingreso para inmigrantes polacos y húngaros;

  • Ciertos ciudadanos sirios;

  • Solicitantes de ajuste de estatus bajo la ley de Equidad de Inmigración de Refugiados de Liberia (LRIF); y

  • Cualquier otra categoría de no ciudadanos exenta bajo cualquier otra ley de la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública bajo las disposiciones de INA 212(a)(4).

Para obtener más información sobre qué categorías de no ciudadanos están sujetas y exentas la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública, consulte el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 8, Admisibilidad, Parte G, Motivo de Inadmisibilidad por Carga Pública y la Regla Final de 2022.

P: ¿Cuáles son los factores que USCIS considerará al tomar una determinación de causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública?

R: Para todos los solicitantes de ajuste de estatus que están sujetos a la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública, USCIS debe considerar los factores mínimos legales de edad; salud; estatus familiar; activos, recursos y estado financiero, educación y habilidades. El solicitante proporciona información relevante sobre estos factores como parte de la solicitud de ajuste de estatus (Formulario I-485) y el Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación (Formulario I-693).

USCIS considerará favorablemente una Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA como suficiente (Formulario I-864 o Formulario I-864EZ), si es necesario.

USCIS también considerará cualquier recibo actual y/o pasado de asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos o la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno.

P: ¿Qué beneficios públicos considera USCIS al determinar si un solicitante es inadmisible por motivos de carga pública?

R: Consideramos el recibo actual y/o pasado de asistencia pública en efectivo de un no ciudadano para el mantenimiento de ingresos. La asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de los ingresos incluye:

  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI);

  • Asistencia en efectivo bajo el programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF); y

  • Programas de asistencia en efectivo estatales y locales que brindan beneficios para el mantenimiento de ingresos (a menudo llamados programas de "Asistencia General").

También consideramos la institucionalización de un solicitante para el cuidado a largo plazo a expensas del gobierno, como, por ejemplo, en un asilo de ancianos o una institución de salud mental.

Sin embargo, relativamente pocos solicitantes estarán sujetos a la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública y serán elegibles para estos beneficios públicos antes del ajuste de estatus. (Para obtener más detalles, consulte a continuación en "La Mayoría de los No Ciudadanos No Son Elegibles para los Beneficios Públicos").

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